jueves, 9 de agosto de 2012

Problemas en el matrimonio


“…mi esposa me puso una denuncia en la comisaria por abandono de hogar aduciendo que me fui del mismo en febrero 2008 llevándome mis pertenencias, esto es falso ya que me fui en febrero de 2011 por motivos de trabajo y ella no me quiso acompañar además venia a verlos cada 2 meses y obviamente nunca hubo separación alguna, ahora que regresé por el mismo trabajo me di con la sorpresa que existe esa denuncia la misma que fuimos a retirar pero en la comisaria no quisieron hacerlo, ahora mi relación se ha deteriorado y me amenaza con botarme (la casa es de su padre y las relaciones con su familia malísimas) entonces como hago para que ella no haga valer la denuncia anterior y niegue que yo haya regresado a la casa? si me bota puedo entablar una demanda por daños y perjuicios? si me voy voluntariamente es abandono de hogar? tenemos un niño de 3 años...y por ultimo ella tiene una foto mía antigua con una amiga abrazados en una mesa dice que puede solicitar embargo de mi sueldo por infidelidad, esa foto prueba infidelidad??? para terminar la situación económica de ella y su familia es holgada en cuanto a bienes y cuentas bancarias en cambio la mía es mala.... eso influye?”

1.- Puedes solicitar una constatación policial respecto a tu vivencia en el mismo domicilio junto a tu esposa e hijo, ante la misma comisaría donde existe la denuncia que refieres. Además puedes tramitar un certificado domiciliario ante el Notario Público cercano a tu domicilio.

2.- Si te botan de la casa que no es tuya, pues, puedes retirarte, pero antes deberías poner en conocimiento de la policía de tu retiro del domicilio y de tus razones para ello.

3.- La fotografía no prueba infidelidad alguna, además si refieres que es antigua, la causal de adulterio para el divorcio, caduca a los seis meses de conocida la existencia de dicha causal.

4.- La situación económica de los cónyuges, se puede considerar para fijar la pensión de alimentos en su oportunidad.

Sobre citación


“… fui agredida x una vecina yo tengo 50 años la señora tiene mas o menos 65 no le podia alzar la mano el caso es que me dieron 5 días de descanso porque pase medico legista ahora el 20 es la citación al Juzgado de Paz Letrado penal así dice la citación pero que pasa que la señora siempre esta q habla mal de mi persona a todos lados q va yo soy su tema de conversacion digame por favor que pasa si yo no quiero conciliar es obligatorio…”

No es obligatorio que concilie, asista a la citación y exprese su deseo de no conciliar.

Sobre declaración judicial de unión de hecho


“… el esposo de mi prima ha fallecido y ella quiere cobrar la cts y a la afp su pensión de supervivencia y le piden que traiga unos documentos que son unión de hechos y sucesión intestada y bueno lo que quiero saber es cuanto tiempo se demora …”

La declaración judicial de unión de hecho deberá tramitarse en la via del proceso de conocimiento, que es la vía procesal mas extensa, en tanto la sucesión intestada puede hacerlo ante Notario Público y es más rápido.