domingo, 15 de julio de 2012

Tenencia de hijo menor de tres años

“…mi esposa (somos casados por religioso mas no por civil) y yo hemos decidido separarnos y
tenemos una hija de 1 año y medio, la disyuntiva está en que ambos queremos tener a la bebe, qué posibilidades hay de que yo pueda obtener la tenencia, porque creo que en este caso las leyes no son iguales para ambos padres, creo (tal vez me equivoque) que quien tiene preferencia es la madre…”

Conforme al artículo 84 del Código de los Niños y Adolescente, el hijo menor de tres años permanecerá con la madre.

Riesgos

“…me ha pedido a mi sacar ese vehículo a mi nombre, eso implicaría, según tengo entendido que el crédito vehicular salga a mi nombre y además la tarjeta de propiedad, o sea que el ganador de ese vehículo en el sorteo pagará todas las semanas las cuotas del vehículo que está a mi nombre y además que pagará, si es que tuviese papeletas, con la tarjeta de propiedad a mi nombre...por ello quisiera saber si estoy en lo correcto mi hermana (esposa de mi cuñado) me dice que si, la tarjeta de propiedad también saldrá a mi nombre...mi pregunta es cuál es el máximo riesgo que puedo enfrentar…”


Todos los riesgos que se presentes como deudor del crédito y como propietario del vehículo (accidentes, papeletas, etc.) si es que no lo paga la tercera persona que refieres.

Adulterio

…Hace más de dos años me case y el padre de mi hija se retiro de la casa donde vivíamos, a los 6 meses de casados después de casi 4 años de relación, el al momento de retirarse, dejo notificado en la comisaria que se iba por voluntad propia y por incompatibilidad de caracteres, dentro de todo este tiempo el señor quiso retomar la relación de nosotros como aun seguíamos casados, pero el estuvo con otras señoritas... tengo fotos y correos, así como el correo que afirma q el mantuvo una relación con una señora durante la etapa de mi embarazo tiempo en el cual vivía conmigo, deseo ponerle una denuncia x adulterio se podría poner aun con el tiempo q tengo de separada de el, y eso podría agilizar mi divorcio…”


Puedes demandar divorcio por causal de adulterio; no se puede denunciar porque no es delito, solo es causal de divorcio. Pero ten presente que la acción por dicha causal caduca a los 6 meses de conocida la causal por el cónyuge ofendido; y en todo caso a los 5 años de producido.