Es el derecho que permite al individuo desarrollar su propia vida, por el cual, todos las personas deben guardar reserva de los detalles de la vida de los demás, con un grado mínimo de interferencia, libre de perturbación que ocasionen que otros individuos o autoridades públicas.
La violación a este derecho se produce cuando un aspecto de la vida de la persona o familiar del individuo es dado a conocer sin su consentimiento. Si la persona fallece, la protección es ejercida por sus ascendientes, descendientes y por su cónyuge.
Es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política del Perú, es un derecho inherente a la persona.