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jueves, 30 de mayo de 2019
martes, 28 de noviembre de 2017
Cambiar de apellido si es posible.
El
Código Civil otorga al nombre (prenombre y apellidos) las características de
permanencia y composición.
La persona tiene la obligación de llevar
siempre el mismo nombre, sin añadiduras, ni modificaciones, ya que la garantía
que otorga la ley descansa precisamente en la permanencia.
El
apellido es inmutable, salvo casos especiales y previa autorización judicial;
por ejemplo que el apellido coloque al recurrente en una posición de
discriminación y por ende vulnera sus derechos fundamentales a la identidad, a
la integridad física, psíquica y moral, al libre desarrollo y al bienestar de
la persona.
En
este caso le corresponde al Juez
competente la calificación de que si los motivos expuestos por el solicitante
son o no justificables para que se autorice el cambio de apellido.
Existen
casos judiciales en los que si se ha permitido el cambio de apellido porque se impedía al solicitante su derecho fundamental
al libre desarrollo, identidad, integridad física, moral y psíquica.
jueves, 9 de agosto de 2012
Problemas en el matrimonio
“…mi esposa me puso una denuncia en la comisaria por abandono de
hogar aduciendo que me fui del mismo en febrero 2008 llevándome mis
pertenencias, esto es falso ya que me fui en febrero de 2011 por motivos de
trabajo y ella no me quiso acompañar además venia a verlos cada 2 meses y
obviamente nunca hubo separación alguna, ahora que regresé por el mismo trabajo
me di con la sorpresa que existe esa denuncia la misma que fuimos a retirar
pero en la comisaria no quisieron hacerlo, ahora mi relación se ha deteriorado
y me amenaza con botarme (la casa es de su padre y las relaciones con su
familia malísimas) entonces como hago para que ella no haga valer la denuncia
anterior y niegue que yo haya regresado a la casa? si me bota puedo entablar
una demanda por daños y perjuicios? si me voy voluntariamente es abandono de
hogar? tenemos un niño de 3 años...y por ultimo ella tiene una foto mía antigua
con una amiga abrazados en una mesa dice que puede solicitar embargo de mi
sueldo por infidelidad, esa foto prueba infidelidad??? para terminar la situación
económica de ella y su familia es holgada en cuanto a bienes y cuentas bancarias
en cambio la mía es mala.... eso influye?”
1.- Puedes solicitar una constatación
policial respecto a tu vivencia en el mismo domicilio junto a tu esposa e hijo, ante
la misma comisaría donde existe la denuncia que refieres. Además puedes
tramitar un certificado domiciliario ante el Notario Público cercano a tu
domicilio.
2.- Si te botan de la casa que no es tuya,
pues, puedes retirarte, pero antes deberías poner en conocimiento de la policía
de tu retiro del domicilio y de tus razones para ello.
3.- La fotografía no prueba infidelidad
alguna, además si refieres que es antigua, la causal de adulterio para el
divorcio, caduca a los seis meses de conocida la existencia de dicha causal.
4.- La situación económica de los cónyuges,
se puede considerar para fijar la pensión de alimentos en su oportunidad.
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