viernes, 10 de febrero de 2012


“vivo en España y hice la renovacion de mi DNI en el consulado. Pasado un año mi exmarido me demanda por falsedad generica ya que la direccion que cosnta en el DNI está mezclada la anterior que era en Lima con la actual en España. Una vez verificada la solicitud original en el consulado se ha visto que el error ha sido en Lima por el organismo competente. He tenido que contratar un abogado en Lima para que me defienda el caso penal y los trastornos y gastos que tengo aqui por este problema. Cuando termine el proceso, ¿puedo demandar a la reniec por daños y perjuicios?”
Rpta.
Si puedes demandar por los daños sufridos. Porque aquel que por dolo o culpa cause un daño a otro está obligado a indemnizarlo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario